miércoles, 29 de octubre de 2008

Nuestra Constitución de la Mano con la Tecnología


La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es la base de la piramide juridica de la nación, es decir los cimientos del ordenamiento legal venezolano, conviene señalar el soporte que dá al desarrollo de nuevas tecnologías nuestra carta magna. A continuacion un articulo que nos ilustra al respecto:


Art. 110 - El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para las mismas. El Estado garantizará el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.

¿Consideras que el marco juridico que impone la constitución naconal contribuye al desarrollo de una buena legislación en materia informática?...

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